lunes, 20 de junio de 2016

SNA debe ser modificado para ser viable, útil y justo: Concamin

Fuente: Norma Patiño

Manuel Herrera Vega, Presidente de la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos, señaló que la aprobación  del Sistema Nacional Anticorrupción representa un gran avance, sin embargo es insuficiente para consolidar el Estado de derecho, así como combatir la corrupción y la impunidad en todo el país.

“Ha sido un proceso histórico en el que la participación de la sociedad civil fue muy importante para hacer realidad el avance de estas reformas constitucionales, que si bien a muchas voces han dejado insatisfechas, hoy apelamos a la sensibilidad de los legisladores y su compromiso con la representatividad de las exigencias ciudadanas para realizar los ajustes pertinentes que deriven en un Sistema fuerte y que combata de manera efectiva la corrupción e impunidad”, señaló el líder de los industriales del país. 
“Es importante señalar que la sociedad está harta de la impunidad que se manifiesta al no existir consecuencias claras y contundentes cuando se presentan casos de corrupción, por ello la sociedad nos ha exigido contar con un Sistema Nacional Anticorrupción altamente relevante para continuar con la construcción del México del futuro”. 

Las reformas aprobadas por el Congreso de la Unión representan un avance muy importante en la tarea de combatir la corrupción en el país en tanto que sienta las bases para el funcionamiento, de manera integral, del Sistema Nacional Anticorrupción con sus cuatro pilares esenciales: Fiscalía Anticorrupción, Tribunal Federal de Justicia Administrativa, así como el fortalecimiento de las facultades de la Auditoría Superior de la Federación y la Secretaría de la Función Pública.

Sin embargo, no existe una utilidad clara para la propuesta de obligar a las personas físicas y morales a presentar sus declaraciones correspondientes.

El Presidente de CONCAMIN señaló que los industriales están en favor de la transparencia, el combate a la corrupción tanto en el sector público como privado, y el fin de privilegios o aplicación discrecional de la ley, pero señalan enfáticamente que no se deben obstaculizar las inversiones ni los apoyos dirigidos a las pymes, que son fundamentales para la generación de empleos y economía del país.

En opinión de CONCAMIN, el fin para el cual se exigen estas declaraciones no está justificado en esta modificación:

Declaración patrimonial

El objetivo de esta declaración es dar seguimiento a la evolución y correspondencia del patrimonio con los ingresos obtenidos legalmente. En el caso de las personas físicas y morales esto ya es vigilado y sancionado por el SAT. Cuando existan faltas administrativas graves para privilegiar a una persona física o moral, la evolución patrimonial no es un instrumento útil para detonar la investigación, sí lo serán la fiscalización e implementación de mejores prácticas en compras gubernamentales y obra pública, y la transparencia y rendición de cuentas en las contrataciones públicas.


Declaración de intereses

El conflicto de intereses sólo existe cuando un servidor público privilegia el interés privado sobre el interés público. Además, se encuentra regulado de manera detallada en las leyes de adquisiciones y obra pública. Es responsabilidad del funcionario público administrar los recursos de los contribuyentes así como la selección de las personas físicas y morales que le prestan un servicio o de los cuales adquiere un bien. El funcionario será el encargado y responsable de un ejercicio eficiente y honesto del gasto, pues es él quien lo otorga. La persona física o moral que tiene una relación contractual con el Estado sólo está obligada a cumplir la ley y los términos de su contrato.
  
Declaración fiscal

Esta es una obligación existente que deben cumplir las personas físicas y morales, la cual es vigilada por el SAT. En cuanto a su carácter de proveedores del Estado, es un requisito que se presume deben cumplir en los procesos de licitación y contrataciones públicas. Las empresas deben presentar comprobante de encontrarse al corriente con sus obligaciones fiscales.

Finalmente, para observar el buen uso de los recursos públicos es necesario centrar la atención en el ejercicio de los recursos desde el Estado, en impulsar la transparencia y rendición de cuentas mediante el fortalecimiento e implementación de procesos eficientes de presupuestación, adquisición, contratación, ejecución y fiscalización del gasto. Es ahí donde la corrupción se genera y la transparencia y rendición de cuentas son indispensables.

 Consideraciones finales y propuesta:

La obligatoriedad para los industriales de presentar sus declaraciones de conflicto de intereses, patrimoniales y fiscales no están basadas en antecedentes nacionales ni experiencias internacionales que justifiquen la pertinencia y necesidad de las mismas.

El artículo 32 de la legislación en cuestión pretende, en el fondo, convertir las declaraciones no en una obligación de la clase política sino en un nuevo trámite para becarios, pensionados y en general beneficiarios de programas sociales.

La interpretación de la ley tal como está redactada sería aplicable a los beneficiarios de Prospera y Proagro, los pensionados del IMSS, ISSSTE y Pemex, así como los becarios del CONACYT entre otros grupos que reciben apoyo de instituciones públicas.


En consecuencia, la propuesta de CONCAMIN es modificar el artículo 32, y en su calidad de órgano de consulta del Estado mexicano, participar en la elaboración de la reglamentación correspondiente; sin embargo, por técnica legislativa deben revisarse, de igual forma, los artículos 3, 4, 27, 28, 29, 30,31, 33, 36, 37,46, 48, 73 y 81 de la minuta relativa a la Ley General de Responsabilidades Administrativas. 

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