Por Redacción
Por instrucciones del
Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, la Comisión
Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios deberá entregar la
documentación en la que consten los criterios emitidos sobre los llamados
alimentos “chatarra”.
Al dar salida al expediente
RDA 1108/14 a cargo de la comisionada presidenta del instituto, Ximena Puente
de la Mora, se concluyó también que la Cofepris deberá revelar los resultados
de los decomisos de medicamentos o productos ejecutados, ya sea por estar fuera
de la ley o no reunir los requisitos médicos exigidos.
En respuesta la comisión
contestó al particular en referencia a la comida chatarra, que la información
solicitada era inexistente, pero “aras de privilegiar el principio de máxima
publicidad”, procedió a informar que ya elaboraba criterios nutrimentales para
publicidad y etiquetado, y por esta causa proporcionó el vínculo electrónico
correspondiente al solicitante.
No obstante, ante la
inconformidad del peticionario, el IFAI tras realizar el análisis del caso
determinó que la Cofepris no agotó a plenitud la búsqueda como la establece la
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental,
pues se identificaron otras unidades administrativas, como la Comisión de
Evidencia y Manejo de Riesgos, la Comisión de Fomento Sanitario y la
Coordinación General Jurídica y Consultiva, ya que podrían contar con
información relacionada con lo solicitado, pero a las cuales en su momento no
se les pidió la información.
En cuanto a los resultados
de los decomisos, indicó que si la Cofepris tiene una “expresión documental” de
la información solicitada deberá entregarla al particular, luego que esta
informó al peticionario, que sólo en 2013 se aseguraron 173.03 toneladas de medicamento
y 14 toneladas de materia prima.
Ante lo expuesto por la
Cofepris, el IFAI determinó modificar la respuesta e instruyó a la comisión a
realizar una búsqueda exhaustiva orientada a identificar algún documento que se
refiera específicamente a productos sin aporte o contenido nutrimental
denominados por el particular como “comida chatarra”, en todas sus unidades
administrativas competentes.
Especificó en la resolución,
que en caso de localizar la información solicitada la deberá proporcionar al particular,
o en todo caso deberá declarar la formal inexistencia de la misma.
En cuanto a los documentos
relacionados con las cifras de las toneladas de medicamento y materia prima
aseguradas por la Cofepris, también deberá entregar los mismos al particular
solicitante, pero en caso de que dichos documentos contengan información
susceptible de clasificación, deberá elaborar las versiones públicas
correspondientes.