Fuente: Norma Patiño
El Instituto Nacional de Estadística e Informática, dio a conocer que a partir de este jueves 28 de enero de 2016, corresponde al INEGI calcular el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Lo anterior con fundamento en el artículo 26, apartado B, penúltimo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de desindexación del salario mínimo, así como el artículo 23 fracción XX Bis del Reglamento Interior del INEGI.