jueves, 27 de marzo de 2014

Comercios piden a SAT ampliar plazo para incorporación fiscal


Por Redacción
 
La Cámara de Comercio Servicios y Turismo en Pequeño de la Ciudad de México, demandó al Sistema de Administración Tributario, una ampliación de tiempo en el plazo fijado para migrar al Régimen de Incorporación Fiscal.
 
Como se recordará la autoridad hacendaria fijo como fecha límite el próximo 31 de marzo para realizar este trámite y que involucra a los contribuyentes que hasta el 2013 se encontraban bajo el Régimen Intermedio y que de manera automática fueron incorporados al Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales.
 
La CANACOPE, reconoció que aún existe un número considerable de pequeños comerciantes que aún no realizan el cambio, situación que se ha agudizado ante la falta de información que existe al respecto.
 
Considero necesaria la ampliación en el plazo a fin de que no se perjudique a las empresas y comercios familiares que no tienen la estructura ni las ganancias para tributar como grandes empresas.
 
El organismo del pequeño comercio, advertir que el RIF permitirá al contribuyente gozar de algunos beneficios entre los cuales se ubica la dispensa en el pago de impuestos hasta el 100 por ciento para este año.
 
De esta manera, la  Cámara de Comercio Servicios y Turismo en Pequeño de la Ciudad de México, llamó a quienes aún faltan por incorporarse a este nuevo régimen fiscal para que lo realicen cuanto antes, para lo cual recordó deberán ingresar a la página de “tramites” del SAT, ingresar a “mi portal” y presentar su aviso de “cambios de obligaciones fiscales”; o bien realizar el trámite de manera presencial ante las oficinas de la autoridad.
 
Recordó que entre los requisitos para tal efecto están el contar con ingresos menores a los 2 millones de pesos al año, no recibir ingresos por operaciones bursátiles o que  estén en sociedad mercantiles y que solamente enajenen o presten servicios por los que no se requiera cédula profesional.
 
Este derecho, advierte la CANACOPE, también pueden ejercerlo las personas físicas que además de haber registrado un negocio a su nombre, obtienen un ingreso adicional por sueldos o salarios sin exceder de 2 millones de pesos por ambos conceptos.
 
Finalmente, la CANACOPE recordó que de no realizar la petición ante el SAT, el contribuyente quedará registrado en el Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales, y deberá pagar todos los impuestos generados por su actividad como cualquier empresa grande a partir del mes de enero de este 2014.
 
 

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